jueves, 28 de enero de 2016

La Empresa

Una empresa es una unidad económico-social, integrada por elementos humanos, materiales y técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades a través de su participación en el mercado de bienes y servicios. Para esto, hace uso de los factores productivos (trabajo, tierra y capital). También puede definirse como la institución o agente económico que toma las decisiones sobre la utilización de factores de la producción para obtener los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado.

Clasificación de las empresas
Las Empresas se clasifican, según su:

Dimensión: Grande, pequeña y mediana.

  Grande: Son aquellas empresas que están dotadas de una gran capacidad tecnológica, potencial humano y una mayor cantidad de capital.

Pequeña: Son aquellas empresas que no requieren de tanta capacidad tecnológica, potencial humano e inversión de capital, para llevar a cabo sus actividades económicas.

Mediana: Son aquellas empresas que requieren de una mediana capacidad tecnológica, potencial humano e inversión de capital para cumplir con sus actividades.

 Forma Jurídica:

Sociedad de Personas: Son aquellas sociedades donde el interés que prevalece para asociarse la constituye la persona, el socio. Se forma entre dos o más personas, entre las cuales existe la mutua confianza.

Sociedad en Nombre Colectivo: Son aquellas sociedades en el cual lo principal es el prestigio o participación de la persona como tal, está formada por dos o más personas con un fin lucrativo.

Sociedad en Comandita Simple: Son aquellas sociedades que están formadas por dos tipos de socios.

Firma Unipersonal: Son entidades conformadas por una sola persona, cuyo propietario es un solo individuo. La persona responde solidaria, ilimitada y subsidiariamente ante cualquier obligación con terceros.

Sociedades de Capital: En estas sociedades el interés que prevalece para asociarse, lo constituye el patrimonio, sin interesar la persona que lo aporte o adquiera las acciones.

Sociedades Anónimas: Son aquellas sociedades en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados, sino por el monto de su acción.

Sociedades en Comandita por acciones: Son aquellas sociedades en la cual el capital social está representado por acciones.

Sociedades Anónimas de Capital Autorizado (S.A.C.A.): Son aquellas cuyo capital suscrito puede inferir al capital autorizado por los estatutos sociales y en las cuales la asamblea de accionistas autoriza a los administradores para que aumenten el capital suscrito, hasta el límite del capital autorizado mediante la emisión de nuevas acciones en la oportunidad y cuantía que ellos decidan sin necesidades de nueva asamblea.

Sociedades Anónimas Inscritas de Capital Abierto (S.A.I.C.A): Son aquellas sociedades anónimas que son autorizadas como tales por la Comisión Nacional de Valores. Las sociedades anónimas que solicita dicha autorización deberán llevar los siguientes requisitos:

Sociedades Mixtas: Son sociedades que presentan características de las sociedades de personas y las de capital.

Sociedades de Responsabilidad limitada (S.R.L.): Son aquellas sociedades en la cual el capital está dividido en cuotas de participación, las cuales no son títulos negociables y un socio para venderlos requiere del consentimiento de los demás socios (característica de la sociedad de personas). La responsabilidad de los socios se limita al valor de las cuotas de participación, que han suscrito; la muerte o inhabilitación de un socio no afecta la vida de la sociedad (característica de la sociedad de capital).
                        
 Actividades Económicas:

Industrial: Son empresas que se encargan de la producción de bienes.

Extractiva: Son aquellas empresas que se encargan de extraer la materia prima de su ambiente natural. Ejemplo: Ferrominera (extrae hierro bruto), industrias pesqueras (extrae pescado), etc.

Manufacturera: Son aquellas empresas que se encargan de transformar la materia prima en productos terminados. Ejemplo: SIDOR, ALCASA, etc.

Comerciales: Son aquellas empresas que se dedican a la prestación de servicios.

Construcción: Estas son empresas que se encargan de la fabricación de la parte inmobiliaria de las viviendas, edificios, etc.

Mercantiles: Aquellas que se encargan de llevar el producto final a los mayoristas, minoristas, Ejemplo: Sociedades en nombre colectivo, comandita, S.A., S.R.L. El objetivo principal de este tipo de empresa es obtener un fin económico a través de un servicio prestado.

    Servicios: Son aquellas que se encargan de prestar un servicio a la comunidad, Ejemplo: SABENPE, CANTV, etc.


Sociedad Mercantil o Comercial
Se denomina sociedad mercantil a aquella organización dedicada a la obtención de lucro a partir de intercambios comerciales, diferenciándose desde esta perspectiva de una sociedad civil. En tanto sociedad, mantiene ante la ley una personalidad jurídica por cuenta propia y distinguible de la de sus miembros, como asimismo de un patrimonio propio. A partir de ella dos o más individuos ponen en común bienes o servicio para usufructuar de los beneficios que de esa circunstancia se alcancen. Generalmente tienen en su interior tres tipos de órganos con fines distintos, a saber: el que tiende al gobierno de la entidad, el que se encarga de la administración y el que se orienta a acciones de vigilancia.

Requisitos para la constitución de los diferentes tipos de sociedades mercantiles. SAREN

El Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, mediante Resolución N° 019 de fecha 13 de enero de 2014, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.332 de misma fecha, resolvió crear el "MANUAL QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS ÚNICOS Y OBLIGATORIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE ACTOS O NEGOCIOS JURÍDICOS EN LOS REGISTROS PRINCIPALES, MERCANTILES, PÚBLICOS Y LAS NOTARÁS", en términos generales contempla los requisitos para los trámites pertinentes en Registros Principales (Capitulo II), Registros Mercantiles (Capitulo III), Registros Públicos (Capitulo IV) y Notarias (Capitulo V)

Articulo 12. Para la constitución de Sociedades Mercantiles, además de los requisitos obligatorios, deberán presentar los siguientes requisitos:

1) Reserva del nombre. Para ello se deberá realizar previamente la búsqueda de la denominación mercantil, en cuyo trámite se consignará:

- Cédula de identidad legible y vigente
- Denominación Mercantil a solicitar.
2) Copia de la cédula de identidad y Registro de información Fiscal (RIF) de los accionistas. Si es extranjero copia del Pasaporte con la respectiva Visa TR-N (transeúnte de negocios).

3) Carta de aceptación en papel común del comisario.
4) Copia de la constancia de inscripción del comisario.
5) Documento que acredite el aporte del capital social:
1.- En caso de ser Efectivo:
- Depósito bancario a nombre de la sociedad mercantil.

- Carta de apertura bancaria.

Objetivo y Reflexion del Contador Publico en la Empesa y en la Sociedad

Objetivo
Tiene como objetivo poder o suministrar información a estudiantes de diferentes áreas a través de paginas virtuales, siendo así de mucha ayuda ya que se lograra aprendizaje adecuado en un tema especifico, compartiendo experiencias de cada uno de nosotros.



El Contador Publico en la Empresa y en la Sociedad.

El contador debe tener responsabilidad y valores al realizar su trabajo, ya sea en una entidad publica, privada o trabajos particulares frente al deber moral a las decisiones administrativas, con una capacidad profesional mejorando primordialmente como personas dignas e integras.